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Nuevo Curso

El SENTIDO JURÍDICO DE LA SOBREVIVENCIA



En una etapa de cambio social como la que atraviesa la Argentina, uno de los indicadores de la crisis de dominación del poder burgués es el quiebre de la confianza en “la Justicia” y en el orden jurídico imperante, como resultante de un largo proceso de desencanto. Esta crisis es lo que obliga al sistema a una necesaria reconfiguración para aceitar su funcionamiento en una instancia de lucha de clases que tienen tendencia a profundizarse.

La Constitución de un Estado y las leyes son los reguladores formales del funcionamiento de una sociedad. Esto ocurre bajo un dogma generado desde la ficción de la imparcialidad, inviolabilidad e inmutabilidad del orden jurídico, ocultando que el fenómeno jurídico, en última instancia, es la manifestación superestructural de las relaciones de clase y de producción capital-trabajo.

Las raíces estructurales del problema criminal, sintetizado en la contradicción delito-seguridad, reconocen en su origen el carácter específico del modo de producción capitalista, y más precisamente en la relación que se establece entre la fuerza de trabajo y el capital como único modo de supervivencia, en el que la desocupación deviene necesariamente en un fenómeno estructural.

En ese contexto fenomenológico, la ley penal es la expresión formal del poder burgués y de su Estado, no solo porque regla su funcionamiento y pena las violaciones a las normas “civilizatorias” engendradas desde esa sociedad, sino porque arma todo el entretejido de argumentos que moldean la conciencia y la moral al interior de ella misma.

Así, vista la cuestión por los elementos que la componen, frente a la pretensión política y declamatoria de “otra justicia” que nace desde los partidos del poder burgués, hay que puntualizar con énfasis que es “el poder judicial del Estado” quien galvaniza el fenómeno y la forma jurídica sobre la reproducción mercantil y el proceso de acumulación capitalista, al servicio de los sectores más concentrados del capital. Es este y no cualquier otro argumento ideológico, lo que explica el desaforado curso de disputas inter-burguesas por el control de los organismos destinados a la selección de los miembros de ese poder.

Dicho en otros términos. La Corte Suprema a cuyos miembros se ataca con énfasis (como si la opción fuera sustituirlos siendo que casi todos los gobiernos del régimen republicano en curso han seleccionado sus integrantes por diversos mecanismos y estamentos judiciales), no es independiente del Poder Ejecutivo y Legislativo, responde esencialmente al proceso económico, social y político digitado y dirigido por el gran capital.

Lo dicho se confirma por las propias contradicciones de ese proceso. El Poder Judicial puede incluso chocar con los otros poderes, y usar la figura de la «independencia» como recurso para potenciar fallos a la medida de sus verdaderos amos. Si los gobiernos y legisladores de turno operan como gerentes ejecutivos del Capital, los jueces tienen un rol permanente que exige una fidelidad y un compromiso sujeto a la estabilidad del Poder Judicial.

Estos simulacros del poder hacen que sea necesario ponerlos en evidencia para que ingrese en la conciencia de los explotados. En este sentido, hay que recalcar que no son las leyes vigentes, ni los jueces quienes corporizan la existencia de un orden social justo, y que toda lucha por superar las paupérrimas condiciones de vida deberá enfrentar a la política criminal que diseña ese mismo orden jurídico a través de sus organismos judiciales.

En este marco, la criminalización de la protesta social, como medio de intervención en la lucha de clases, pone en el tapete una situación básica que es el problema del delito y su castigo. Es decir, lo que genéricamente se conoce como “la cuestión penal”, ya que por ella es que se han canalizado los últimos acontecimientos de la lucha de clases y el control en la calle.

Las raíces estructurales del problema criminal tienen su origen en el carácter específico del modo de producción capitalista. Más precisamente, en la relación que se establece entre la fuerza de trabajo y el capital como único modo de supervivencia, regido por las leyes del mercado, en donde la desocupación deviene necesariamente en un fenómeno estructural y no coyuntural del sistema. El modo de producción capitalista no garantiza el pleno empleo, sino que por el contrario, supone un mecanismo de exclusión de los trabajadores, que desempleados pasan a engrosar las filas del subproletariado (el llamado “ejército de desocupados”).

Sobre esta base, los fenómenos criminales que se desarrollan por ese sector social no constituyen formaciones culturales auténticas, sino fenómenos conexos a los procesos de marginación y disgregación social, inducidos por el modo de producción capitalista. Por eso la criminalidad, tal como se nos presenta en la vida cotidiana, no es una categoría genérica y fuera de la historia, sino que resulta históricamente generada por el modo de producción capitalista, en tanto causa estructural de la marginalidad.

El presupuesto ideológico fundamental de la sociedad burguesa y del modo de producción capitalista es una concepción de la libertad como libertad de elección y no como libertad=participación. A este tipo de libertad negativa corresponde: “la dominación de las formas materiales sobre los individuos, la opresión de la individualidad, la adecuación de sus relaciones personales bajo las relaciones generales de clase, (Carlos Marx La ideología alemana). Por eso debe denunciarse como un dogma carente de toda base en la realidad y de todo rigor científico la noción de “culpabilidad”, entendida como conciencia y voluntad individual del sujeto para optar por el delito… “…si el interés bien entendido es el principio de toda moral, lo que importa es que el interés privado del hombre coincida con el interés humano. Si el hombre no goza de libertad en sentido materialista, es decir, si es libre, no por la fuerza negativa de poder evitar esto y aquello, sino por el poder positivo de hacer valer su verdadera individualidad, no deberán castigárselos, sino destruir las raíces antisociales del crimen y dar a cada cual el margen social necesario para exteriorizar de modo esencial su vida. Si el hombre es formado por las circunstancias, será necesario formar las circunstancias humanamente” (Carlos Marx. La sagrada familia).

Resulta prioritario entonces, una intervención social sobre las circunstancias, es decir, sobre el ambiente social y sobre las estructuras económicas que condicionan materialmente la libertad de los sujetos, entendidos como la síntesis de relaciones sociales, en un específico momento histórico.

En este marco, la raíz primaria del delito debe buscarse en la carencia de un espacio social que garantice a cada uno el ejercicio de una libertad real y efectiva, y no formal como la descripta. La socialización de los medios de producción, la superación del trabajo asalariado y la recomposición social del trabajo dividido son los ejes de todo proyecto de transformación revolucionaria, y deben ser vistos también como elementos de una acción estratégica contra el delito.

Es igualmente criticable la representación del criminal como individuo libre y autodeterminado, si se la vincula como lo hace la cultura burguesa dominante. Esto es, con la concepción teleológica de la pena estimada como una necesaria consecuencia de la “culpabilidad” y como instrumento de enmienda, recuperación social y terapia anticriminal. Elementos todos estos que constituyen el fundamento del derecho penal moderno, entendido como instrumento privilegiado de control y defensa social.

Denunciar y destacar este proceso de criminalización de tipo ético e individualizante, basado en la noción de culpabilidad individual (que es propio del derecho penal burgués), otorga la posibilidad de advertir que esa normativa solo juega para una parte de los infractores sociológicamente cualificados por su pertenencia a las clases explotadas y marginadas, y no afecta en modo alguno a la criminalidad del poder y en general a los personeros de los sectores económicos hegemónicos.

Se explica de esta forma el carácter prevalentemente proletario y subproletario de la criminalidad puesta de manifiesto por las estadísticas judiciales. También permite comprender la ideología pequeño burguesa que sustenta la sospecha dirigida sobre esos sectores sociales, a quienes les asignan inclinaciones naturales para delinquir (repárese en los frecuentes arrestos para individualizar a personas “en actitud sospechosa”, fundada en su color de piel, la vestimenta, el barrio o villa donde vive, etc) y que activan la alarma social disfrazada de “falta de seguridad”.

La denuncia del carácter histórico y socialmente determinado de la criminalidad moderna, el carácter social de la responsabilidad penal y la consiguiente exigencia de una socialización integral del tratamiento penal son los ejes para avanzar en la construcción de hipótesis estratégicas de política criminal trazadas desde la perspectiva del proletariado. El primero y más decisivo instrumento de una política criminal del movimiento obrero está constituido por la transformación de la estructura productiva, de forma tal que la misma sea capaz de evitar a los trabajadores su exposición a las variaciones del mercado en cuanto se refiere al trabajo entendido como mercancía, garantizándoles condiciones sociales de existencia capaces de impedir la marginación y los fenómenos de disgregación cultural inducidos por ella.

La cuestión está en preservar al proletariado del deterioro, la desmoralización y la ruina. Para ello resulta vital la agitación y organización en torno a la consigna de la escala móvil de salarios y de horas de trabajo. La política y la lucha por el empleo y la política socialista de prevención del crimen son en este sentido la misma cosa. Solo una acción de este tipo puede superar la atomización y la dispersión de las capas marginales, y transformar la rebelión inmotivada e individualista en la construcción colectiva de la lucha política.

La política obrera en materia criminal debe orientarse agitando consignas de transición que pongan el eje en una drástica reducción de intervención penal del Estado burgués sobre la esfera privada de las personas, apuntando a convertir a esta en un instrumento secundario y de excepción. Esto supone:

1. Despenalización masiva de todas las hipótesis de delito no graves (supresión de los delitos de opinión, de asociación y reunión, los delitos sindicales y la eliminación lisa y llana de los códigos de faltas y contravenciones).

2. Asignar el carácter de delitos únicamente perseguibles por las partes a los delitos contra la propiedad, desde los hurtos, hasta las pequeñas estafas.

3. Revisión de los bienes que son tutelados por el orden penal vigente, sobre la base de una exacta identificación de las necesidades y los intereses de los trabajadores y demás sectores explotados, orientados hacia el cuidado del ambiente, la salud y el trabajo,

4. Necesidad de una progresiva superación de la cárcel a través de la abolición de la prisión preventiva y su generalización como pena anticipada. Reducción de las penas privativas de libertad o su sustitución por tratamientos institucionales alternativos.

La conversión de la fuerza de trabajo en mercancía y su subordinación en las relaciones de producción capitalista (resumida en una atomización individualista de la sociedad burguesa que descompone a los ciudadanos en una doble figura: dueños de la propia fuerza de trabajo y sujetos de un simple poder representativo de delegación política a través del voto) resultan premisas básicas del engranaje de dominación y configuran factores de desocialización del individuo, y terreno fértil para la creación de los “antisociales” lugares de la criminalidad. La raíz primera del delito debe buscarse en la carencia de un espacio social que garantice a cada persona el ejercicio de una libertad no formal sino participativa.

El socialismo es el proyecto de una sociedad que supone la superación de las contradicciones básicas inherentes al modo de producción capitalista y su correlato de exclusión y marginación social. No es la reformulación del Poder Burgués el camino hacia mayores espacios de convivencia y desarrollo en libertad, sino su superación por el Poder Obrero y su estrategia integral y de raíz para lograr resolver el fenómeno criminal tal como se nos manifiesta en este contexto.

Daniel Papalardo