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Nuevo Curso

El dominio del Feminismo Punitivo.  Una táctica de clase.

NUEVO CURSO

La cuestión criminal, gira en torno a dos dimensiones constitutivas: una sociológica y otra mitológica.  Esto significa que el espacio normativo de las prohibiciones que la sociedad levanta como muros fundamentales a las actividades humanes se presentan en última instancia como mitos instituyentes de los límites del orden societal, del crimen como transgresión de esas interdicciones, y del castigo penal como un mecanismo de (re)construcción del sistema de clasificaciones básicas de ese orden y la economía afectiva que le corresponde

Visto desde esta perspectiva, lo que se da en llamar “crimen “es un fenómeno social y como tal está sujeto a las mismas leyes que el resto de los fenómenos de ese tipo.

Para que semejante afirmación cobre sentido es preciso saber, ante todo, qué es un fenómeno social.

. Con todo, este factor común, esta operación de igualación sociológica es insatisfactoria si no es completada por el establecimiento de las diferencias específicas existentes entre este fenómeno social y los demás.

En ese sentido, la cuestión criminal es la que genera la producción de los límites últimos de la sociedad a las conductas humanas y allí reside su especificidad.

Dicho de otra forma, lo que se llama crimen es un fenómeno relacional complejo que implica a) el proceso de producción de prohibiciones primarias o fundamentales, b) su trasgresión por acciones diversamente motivadas de los seres humanos, c) las reacciones sociales que frente a ellas tienen lugar, y d) la ejecución de castigos penales.

Desde este lugar, el espacio de lo criminal o delictivo se configura en las fronteras últimas del orden simbólico de una sociedad, y aquellas que transgreden esos imperativos de exclusión sea que tengan lugar de manera ocasional o sostenida.

Pero si ciertos actos son calificados como criminales por su oposición a los valores más prestigiosos de un conjunto social o comunitario dado, no por ello ha de creerse que se encuentran impulsados por fuerzas intrínsecamente negativas y carentes de todo sentido social. Ocurre en sentido inverso, que siempre y en la mayoría de los casos una transgresión criminal es el resultado de afanes y propósitos, opiniones y dogmas que, actualizándose de un modo particular, contradicen preceptos sancionados colectivamente y protegidos penalmente

Más allá de ello, un crimen se define, además, por su escándalo en el sentido de que la materialización de un delito, siempre da que hablar. Su acontecimiento desestabiliza, inquieta o conmociona, a la vez que seduce con el ejemplo. Suscita, asimismo, un modo de comunicación patético entre quienes lo observan y/o lo padecen, generando lazos afectivos tejidos con el temor, la ira y la indignación –pero también la fascinación– compartidas.  

Todo delito y en todos los casos, en nuestra sociedad moderna, es un germen de conversaciones, rumores y discursos de la más diversa índole.

Asimismo, la conducta criminal habilita por su generación y producción, relatos morales, jurídicos, científicos, artísticos, periodísticos en los que la realidad política argentina ha ubicado desde los sectores ligados a la gestión de los intereses de la burguesía los comportamientos violentos que se ubican dentro del contexto opresivo en el que se desenvuelven las mujeres en su vida relacional.

Por eso, indicamos al inicio, dos dimensiones de la cuestión criminal: una sociológica y otra mítica. La perspectiva sociológica deja ver que las acciones prohibidas, aun cuando comporten el ejercicio de la violencia, nada tienen de antisociales.

La dimensión mítica del fenómeno cumple en revelar el carácter histórico y cultural de las prohibiciones, Asimismo, esta perspectiva deja a la luz los conflictos de intereses que están en el origen de las regulaciones legales y la selectividad con la que se aplican, mostrando a los sistemas jurídicos y las prácticas institucionales con ellos relacionadas como dispositivos concurrentes en la reproducción de relaciones de producción, poder y propiedades dominantes en el orden social capitalista.

La noción del mito como forma del conocimiento, no remite a las prácticas prohibidas en lo que tienen de sociales, ni a los procesos punitivos de generación y mantenimiento de desigualdades socio-económicas sentido inverso, apunta a la producción penal de la sociedad como orden simbólico. entendido como un conjunto más o menos consistente de sistemas de clasificación o estructuras cognitivas y valorativas que, basados en interdicciones trascendentes, estructuran el campo social y subjetivo en un sentido tanto representacional como afectivo.

Las prohibiciones fundamentales marcan los límites externos de la sociedad, constituyéndola como “comunidad imaginada”,  . La dimensión más elemental que esta cuestión pone en juego es la construcción y mantenimiento de la estructura lógica y axiológica de la sociedad y de la economía afectiva que le corresponde. Y es este un proceso que opera según una dinámica irremediablemente mitológica.

Puestos en el campo de las prohibiciones fundamentales debe decirse que básicamente pueden ubicarse como interdicciones a comportamientos humanos individuales y sociales. Para hacerlo lo hacen bajo formulaciones que rigen como imperativos de exclusión. generando para ello principios clasificatorios y jerárquicos. En el diseño normativo son indicadas como “tipos penales”.

Estos preceptos prohibitivos, adquieren carácter sustancial y participan de los fundamentos intrínsecos del orden social capitalista en la medida en que son ellas las que instauran un orden (simbólico) a través de la designación de su contenido prohibitivo. Es decir, son fundamentales porque al desarrollarse definen el contenido de lo no permitido a quienes forman parte de una determinada sociedad.

 Siguiendo esta perspectiva estamos obligados a concluir que no hay nada que sea intrínsecamente criminal y que, por esa razón, estaría interdicto. Antes bien, el pensamiento inverso es el que se acerca a lo cierto: son estas prohibiciones las que, en cada tiempo y lugar, definen qué deberá ser taxativamente rechazado, de manera que, si no existe la prohibición no existe “lo criminal”. En definitiva, el carácter fundador de estas prohibiciones no deriva esencialmente de su contenido que luce arbitrario a los designios del poder burgués, sino que, por el contrario, nace de su posición estructurante por vía de la forma jurídica en el orden social capitalista.

Estas prohibiciones anteceden y hacen posible las valoraciones de los poderosos impuestas culturalmente a los explotados y oprimidos. En igual medida son las que permiten y dan forma a los intercambios en las relaciones sociales con asignación de los roles básicos de un orden cultural capitalista.

Estas normas de libertad negativa marcan un espacio de exclusión a partir de que sus mandatos son excluyentes en el sentido del apartamiento consecuente a la producción de la prohibición, razón por la cual marcan en el todo social una discontinuidad segregativa, agrupando dos sectores, los que se ajustan a la norma prohibitiva y los que operan en infracción de la misma.

Las prohibiciones fundamentales normativizadas con forma de ley señalan además el umbral, el límite externo de la sociedad a partir del cual si se lo traspone no puede seguir hablándose de un nosotros. Esto explica el carácter segmentado del derecho penal, y la definición de delincuente para aquel que queda por fuera de lo permitido. Elaboran, por así decirlo, el perímetro final del grupo al que de esa manera determinan, separándolo de lo que dejan designado como naturaleza delictiva, caos, barbarie.

Estas fronteras invisibles que se presentan como autoevidentes, suturan imaginariamente los contornos discontinuos de la trama social y le devuelven la visión de una totalidad inteligible y consistente, de una sociedad dejando fuera de ella a quienes no se ajustaron a la prohibición precedente a la conducta.

Proscripciones que prescinden de ofrecer alguna explicación: no matarás, no robarás, eso es todo. Pero ese modo de enunciación no las hace menos polares en su estructura: sus condenas implican, por contra, valoraciones positivas (la vida, la propiedad). De esta manera funcionan como máquinas de diferenciación y valorización, a un tiempo clasificatorias y axiológicas.

La presencia activa en el orden social capitalista de estas prohibiciones normativas, hace que se nombre lo que es fundamental para la reproducción social del capital y la justificación del poder burgués, que, necesitado por su crisis de ampliar el espacio de injerencia estatal en la sociedad civil, lo recoge y utiliza para separar a cada vez más personas de una multiplicidad que de otro modo se mantendría indistinta, a la vez que vuelven atractivo su respeto y execrable su vulneración.

Esta dinámica de aversión y seducción remite a la propia naturaleza de estas interdicciones que funcionan interpelando, constriñendo y direccionado la multitud de deseos que viven en cada cuerpo socializado de modo que, internalizadas, obran en el plano de las emociones, comprometiendo físicamente a los sujetos de sus proscripciones. Así, el espanto frente determinadas violencias; el asco ante algunos actos sexuales.

Finalmente es necesario señalar que este tipo de prohibiciones traducidas en normas negativas que amenazan castigo por imposición de pena privativa de libertad, adquiere el poder de designar los límites de lo posible para el sujeto en el orden social capitalista lo que les adjudica trascendencia por su asentamiento en la cultura dominante

La trascendencia no es solamente la exterioridad por fuera del sujeto creador. Es la extensión del precepto prohibitivo, con acatamiento consensuado de amplios sectores de la población. Esto puede sólo puede suceder acudiendo al “mito” entendido como una forma de articulación del sentido que, por fuera de la construcción de una verdad racional, valoriza la experiencia de manera mucho más emocional que intelectual, desalojando los conceptos por imágenes generalmente apasionadas.

 Mediante su narración mítica y, mediante su consecuente penalización, las prohibiciones van formando cuadros básicos de valorizaciones negativas y permisos grabando profundamente en el deseo de los individuos y los grupos sociales.

Todo esto significa que, en principio, cualquier interdicción puede convertirse en prohibición fundamental y que su institución es política. Pero donde política quiere decir lucha por el establecimiento de los sentidos dominantes y por su encantamiento o sacralización.

Puestos en esta situación luce clara la ausencia de toda injerencia de la ley social que indica como característica prevalente de la sociedad del capital la configuración de dos clases sociales básicas; burgueses y proletarios. La ausencia de esa herramienta en el análisis del fenómeno oculta la distinta incidencia que tiene este esquema de normas prohibitivas, según fuera la ubicación que el individuo tiene en el proceso de producción expandida de mercancías.

No denunciar esa omisión, que implica el dato sociológico relativo a que la inmensa mayoría de los excluidos de los contornos sociales habilitantes para el ejercicio de la libertad positiva, por este mecanismo de dominación ejercitado por el poder burgués a través del Estado pertenecen a la clase trabajadora ocupada o desocupada, en su mayor cantidad jóvenes.

Haber acudido de manera indirecta y por vía de la creación de la figura del feminicidio y las agravantes de penas por violencia de género, significa no otra cosa que allanarse a este esquema reproductivo del orden social capitalista, aceptando el sentido de la criminalidad que este pontifica.

Los conflictos convivenciales entre hombres y mujeres que puedan derivar del carácter opresivo  que asumen contenido concreto no pueden quedar encorsetados en el fenómeno criminal , en tanto las características definitorias del mismo como un producto ideológico necesario para el control social y la reproducción de la dominación cultural del capitalismo a  través del Estado de la burguesía impiden la comprensión de un fenómeno más extenso como el que se expresa a través del régimen patriarcal en la configuración del capital en el siglo XXI

Miles de mujeres en marcha por las calles, u organizaciones políticas y sindicales que dicen nuclearla , gestionando la demanda anti patriarcal, por fuera de las clases sociales en lucha , solo han logrado concentrar la protesta en el plano criminal y con ello derivar la situación a los tribunales del Poder judicial del Estado burgués, individualizando la situación a la acción penal que se pueda o no dirigir contra una persona o grupo de personas buscando fijar una norma prohibitiva con alta sanción penal.

Ese camino , propio de un feminismo poli clasista punitivo, con el desarrollo del tiempo solo ha podido exhibir su fracaso medido en el plano de su objetivo primario e inicial visibilizado en el “ni una menos “ “protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales”, dando cuenta certera de un crecimiento de los sucesos concretos en los que se materializan acciones comprendidas dentro del fenómeno que se quiere solucionar, sea por el incremento de las víctimas, o por la inutilidad manifiesta de las herramientas culturales e institucionales que materializa el estado.

La premisa movilizadora, “Ni Una Menos” , emergió multitudinariamente   vociferada en las calles por miles de mujeres indignadas por la sucesión indefinida de muertes que venían padeciendo y sufriendo,  pero a pesar de esa causa eficiente, se ubicó por fuera de este entramado ideológico de situar el fenómeno opresivo dentro de la criminalidad , evitando además asignar  la centralidad de las causas por las que se operan las muertes violentas de mujeres al patriarcado, y más burdamente a los hombres. Sucedió lo contrario, se señaló al Estado de la burguesía como factor decisivo en esas trágicas contingencias de vida y muerte y se le puso en el centro de la mira a la hora de buscar responsabilidades sociales por esos sucesos.

 Con el tiempo recorrido desde aquella movilización fundacional, hasta hoy donde se advierte el corrimiento constante hacia la táctica de ubicar el fenómeno en la criminalidad, ese giro hizo que las comisiones de mujeres en las barriadas, organizadas para defenderse de la violencia hogareña, chocó invariablemente, como hoy chocan los familiares, con las trabas de la policía, el Poder Judicial, el aparato del Estado.

Ya en 2003 la III Asamblea Nacional de Trabajadores apuntó al Estado como “el primer golpeador” y responsabilizó “a este sistema social capitalista, basado en la explotación, que es fuente de toda discriminación” de las penurias de las trabajadoras. Ni radicalización, ni plurinacional ismo: el capitalismo es la fuente de todas las opresiones y no hay posibilidad de combatirlas sin combatir el régimen de clases, dijeron entonces las y los piqueteros.

Se ha producido en los hechos un desvío de la movilización callejera hacia la interminable elaboración de protocolos contra la violencia, el reclamo de “políticas públicas” y la aprobación de leyes para “sensibilizar” a las fuerzas de seguridad, jueces y funcionarios. El Ministerio de las Mujeres y sus sucedáneos provinciales, municipales e institucionales fueron incapaces de evitar la muerte de una sola víctima. Las cooptadas llegan al extremo de haber convertido la esclavitud sexual en un trabajo y la maternidad subrogada en un derecho. Gran parte de la izquierda votó esas leyes y se fundió en las teorías queer que relegan la condición de mujer y la pertenencia de clase a una identidad más.

La violencia en la casa es una réplica inexorable de la violencia social. El control de las mujeres a través del terror debe entenderse como un aspecto central de un régimen social que en su derrumbe impone que millones mueran literalmente de hambre, que el lucro capitalista destruya el hábitat humano y legitime el asesinato de masas a través de la guerra.

La miseria se enseñorea con las familias trabajadoras, con seis de cada diez niños bajo la línea de pobreza. Con salarios bajo convenio que ya no garantizan comprar el alimento diario. Con familias a la intemperie y viviendas vacías para la especulación inmobiliaria. Los secundarios son retirados del aula para trabajar gratis en empresas amigas. Cierran los centros de salud y de atención psicológica. Las madres protectoras y las profesionales que las acompañan son hostigadas por aparatos clericales que asesoran a los abusadores. Las familias que buscan justicia son hostigadas por el Estado y los victimarios. Hay mapuches presas con sus hijos por reclamar su derecho a la tierra. Las docentes son apaleadas por luchar por el salario. Falta el agua en zonas enteras y en otras está contaminada por agrotóxicos o mineras.

La lucha contra la violencia hacia las mujeres debe ser tomada enérgicamente por el conjunto de los explotados. La unidad de hombres y mujeres potencia la fuerza de la clase trabajadora contra el capital.