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LOS “REPORTAJES” A LA VICE-PRESIDENTE. LA VENTA DE MERCADERÍA VENCIDA. OTRA TÁCTICA DEL PODER BURGUES.

Que se animen a decir que los desaparecidos son una estafa con 132 nietos recuperados y trabajos probatorios de identidad del equipo de antropología forense en fosas comunes, e infinidad de juicios penales en diversas instancias todas confirmatoria de los hechos en sí y sus alcances jurídico internacional dentro de la figura del genocidio, obliga a algunas puntualizaciones.

En primer lugar, debe cuestionarse que se afirme como juicio o fundamento lógico la categoría delictiva “estafa” para adjetivar la construcción jurídica de derechos subjetivos basados en la condición misma de ser humano, por lo que revistiéndola un sujeto se hace acreedor a una serie de garantías frente al poder del Estado a sabiendas que este goza a la par de la potestad legitimada del uso de la violencia.

Por otra parte, afirmar que “los derechos humanos constituyen una estafa”, es en realidad una conclusión que por esa carencia luce como dogmática. Trabajar una premisa falsa como verdadera, disimulando lo que en realidad es una conclusión ideológica dista del método que se emplea en el propio proceso penal que predispone el poder burgués para situaciones que a priori tienen viso de criminalidad en grado de posibilidad, de manera tal que el enjuiciamiento debe avanzar para sentenciar una condena de ese grado mínimo de convicción hacia la certeza y construcción de verdad histórica.

A partir de los procesos penales trajinados por décadas no puede volverse al punto de circunstancias ya debatidas en esos procesos. Por eso se debe dejar en claro que la calidad de la intervención genocida de la dictadura cívico-militar se mide por el carácter de prácticas de exterminio y no por la discusión de cantidades.

En ese sentido, es de público y notorio que las responsabilidades fueron establecidas en la propia lógica burguesa del derecho y juicios penales llevados adelante con todas las garantías, eso es cosa juzgada y lo demostrado es objetivo.

Esto pone en evidencia una vez más, que el derecho no determina el ser de los fenómenos, sino que les pone nombre y forma.

En igual medida, tomando el problema en sentido inverso, es decir, desde los juicios que se celebraron por las situaciones que denuncia Villaroel dejaron en claro que las acciones juzgadas no eran presuntos delitos de lesa humanidad, y que por eso se encontraban prescriptas.

Puntualmente la Cámara Federal de Rosario definió que el caso Larrabure no constituye un crimen de lesa humanidad. Después de largos meses de espera, dudas y una presentación profundamente política de los organismos de derechos humanos como amicus curiae que alertó sobre lo que podía significar un retroceso de treinta años en el proceso de justicia, los camaristas resolvieron, por unanimidad, rechazar el llamado a indagatoria de Luis Mattini exigido por los querellantes, en este caso integrantes de las organizaciones de memoria completa que habían pedido la reapertura de la investigación por el secuestro. Los camaristas le negaron el carácter de lesa humanidad porque Larrabure no era parte de la población civil sino un militar y porque el ERP no era ni parte del Estado ni tenía control sobre un territorio.

Sobre ese mismo hecho y ese pronunciamiento de Rosario, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por “inadmisible” un recurso extraordinario para que la Corte Suprema analice la causa por la muerte del coronel Argentino del Valle Larrabure en 1975 como un caso de lesa humanidad.

Con eso se dijo todo. No había grupo armado en estado beligerante según el derecho internacional por lo que la afirmación de la existencia de una guerra no tiene base jurídica, ni habilita a constatar los elementos de un delito de lesa humanidad por parte de quienes luchaban contra el régimen militar o los paramilitares de Perón y López Rega.

Teniendo presente lo dicho y descartado que estemos al hablar de genocidio en una situación de una afirmación falsa de lo verdadero, que es el factor constitutivo de todo fraude, debe además agregarse que el plan de operaciones de exterminio fue trazado desde mucho antes del 24 de marzo de 1976, por lo que remite a la  invocación de esa fecha solo remite a un aumento cualitativo de esas prácticas genocidas operado de manera más intensa al despojarse el poder burgués estatal del ropaje republicano y conformarse un régimen dictatorial donde por el terror se logra imponer un gobierno por DECRETOS, modalidad en la que hoy coincide el personal político que se ocupa de la gestión gubernamental del interés burgués, a pesar que actualmente surge novedosamente por la vía electoral.

La presencia mediática de la vicepresidente deja ver la colaboración de los medios dominantes en materia de comunicación para con el discurso que pretende desconocer lo probado fehacientemente en los procesos penales a los que aludíamos. Más allá de esto, queda también en claro que los fundamentos ideológicos del proceso de reorganización nacional,  nunca se fueron, están latentes en los democratizantes, en la teoría de los dos demonios, en los planes de gobierno y en los relatos nunca acompañados por acciones.

Durante décadas, desde el montaje republicano que habilitó el salvataje de las acciones de gobierno y la continuidad histórica del Estado postdictadura, nos hicieron creer que les ganamos y en realidad ganaron ellos, los gestores del exterminio, las grandes fortunas dueñas del país y el imperio. Entregaron la dama, pero el rey quedó intacto.

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