Los medios de prensa difundieron ayer una noticia casi coincidentemente con el siguiente formato “Las Abuelas de Plaza de Mayo informaron con alegría la recuperación de la identidad del nieto número 138, un nuevo paso en la búsqueda incansable de los hijos de desaparecidos apropiados durante la última dictadura cívico-militar en Argentina.”
En paralelo esos mismos medios dieron cuenta que César Arakaki, uno de los principales acusados por los desmanes ocurridos durante el proyecto de ley de reforma previsional en 2017 en el gobierno de Mauricio Macri, deberá ir a prisión, según. la Cámara Federal de Casación Penal. En dos fallos divididos
Sobre esto último, algunos medios aclaran el desarrollo histórico que lleva a esta sentencia. Hay que decir entonces que el 18 de diciembre de 2017 en la plaza de los Dos Congresos cuando la Cámara de Diputados debatió la ley de reforma previsional que impulsaba el gobierno de Mauricio Macri. Partidos políticos y organismos de derechos humanos se movilizaron contra la ley. Hubo un enfrentamiento con la Policía Todo quedó registrado en las cámaras de los medios de comunicación y se iniciaron causas judiciales contra los manifestantes y agentes de la Policía. La identificación de esas filmaciones llevó a Arakaki, del Partido Obrero, y a Ruíz, del Partido Socialista de los Trabajadores Unificados, que fueron detenidos.
En agosto del 2023, los jueces Ana Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña analizaron el fallo contra Arakaki y Ruiz. Por mayoría, confirmaron las condenas por los delitos de intimidación pública y atentado contra la autoridad agravado por haber sido cometido a mano armada y en reunión de tres o más personas. Pero resolvieron aliviar la pena dictada sobre Arakaki: anularon la sentencia de tres años y cuatro meses porque entendieron que el tribunal de juicio no brindó adecuados y suficientes fundamentos al momento de determinar la pena que le impuso. Le ordenaron al TOF que determine fundadamente la sanción. Pero cuando el tema volvió al tribunal oral, el juez Javier Feliciano Ríos ratificó el monto de tres años y cuatro meses con mayor justificación.
. Los jueces del tribunal de casación dispusieron la extinción de la acción penal por el delito de atentado contra la autoridad, agravado por haber sido cometido a mano armada y por la reunión de más de tres personas. Tras ello, analizaron entonces qué pena debía cumplir por los otros delitos que seguían en pie. Es decir: lesiones en ocasión de agresión e intimidación pública y le impusieron la pena de tres años y cuatro meses, con lo cual su cumplimiento deberá ser efectivo.
Sin embargo, lo significativo es que el pronunciamiento judicial que comentamos deja por tercera ocasión ratificado para imponer la condena de Arakaki, el siguiente argumento [
“El régimen de detención carcelaria le
permitirá a Cesar Javier Arakaki, incorporar las herramientas necesarias para
desenvolverse de manera adecuada con sus conciudadanos, sin
que ello implique “de ninguna manera coartar su derecho a
expresarse libremente, inclusive en aquellos casos, como el
de autos, en que dicha manifestación se dirige a cuestionar
las decisiones de los poderes públicos, sino a tramitarlos de
manera pacífica y, sobre todo, respetando los viene jurídicos de las demás personas, tanto los personales como
los que se encuentran en el espacio común”
Con esto queda claro, que, en todos los pronunciamientos judiciales sobre el caso, habitan los “fundamentos” que dieron pretendida razón de ser a los protocolos represivos vigentes en todo el país y que las remisiones constitucionales a las que son tan afectos los partidos reformistas donde se insertan los hoy condenados, son los mismos que sirven al poder burgués para dar cuerpo legal a la violencia descargada sobre Cesar Arakaki.
También queda claro que los profusos discursos dados desde las tribunas políticas en su momento y las celebraciones otorgadas a la libertad provisional que pudiera haber obtenido Arakaki encubrieron lo que en este momento deja el plano de las amenazas y avanza velozmente hacia la realidad, que implica en todos los casos reparar en el fenómeno represivo y en la acción conjunta de los poderes del Estado hacia lo que ya se define hoy como una política criminal donde el manifestante es considerado un delincuente y en ningún caso el titular de un acción autorizada por la norma.
Nietos sin abuelas. Nietos que rondan los cincuenta años. No hay mucho que saludar, salvo respetar la situación personal de quien conoce su identidad, y preguntarse que estuvimos haciendo todo este tiempo confiando en la república donde el pueblo no delibera ni gobierna sino por sus representantes y donde toda rebeldía popular es registrada como delito contra el Estado., tal como se lee en la sentencia que acaba de conformar la condena dictada para Arakaki.
Son dos hechos que parecen antagónicos pero que en realidad encierran una única racionalidad que no es otra que la razón de Estado, es decir la lógica opresiva del Poder Burgués institucionalizado. Para la dominación de clase que impone ese poder la violencia se legitima por el uso del aparato estatal y se reprime cuando la emplean quienes se manifiestan públicamente en forma colectiva contra una determinación de ese mismo Estado cuyos efectos se extienden sobre miles de personas que no fuera ni siquiera oídas sobre el particular y responden al interés material de preservar en última instancia los mecanismos de reproducción del capital-
Que generación le da la bienvenida a este nieto que recupera su identidad y en lugar de llamarlo por su nombre se lo contabiliza para vaya saber que estadística. Se recupera una identidad y se lo exhibe como un número, con retorno no manifiesto a las esencias pitagóricas.
La práctica del acto político para dar la noticia de la recuperación de identidad por una persona no encuentra adecuación que la justifique en el contexto. Menos aún la retórica vacía de apelación a una lucha colectiva que no se sabe bien cual es, en la medida que los implicados en estos actos hechos de supresión de identidad, no resultan indicados en toda operación de propaganda lanzada y esa misma propaganda, oculta el derrotero y las implicancias de responsabilidades del crimen mayor que es la desaparición física de los padres de la persona que hoy ha recuperado su identidad.
Todo este formato propagandístico está agotado. Habrá que entenderlo. No se corresponde con nuestro tiempo ni tiene posibilidades de proyectarse a futuro- Es tiempo de entender que se ha abierto otro contexto y que las recuperaciones de identidad que se logren no son más, en tanto nietos sino en tanto sujetos individuales donde ese grado de parentesco ha perdido todo sentido por la consagración de la impunidad en el tiempo del genocidio descargado en Argentina por una dictadura cívico-militar continuando la que ya había dispuesto por el régimen democrático de Isabel Martínez de Perón y su parlamento llamando a la liquidación de la subversión y posteriormente con el tándem Alfonsín-Menem a través de las leyes de punto final, obediencia debida y el uso del indulto.
Hay que no hay más abuelas para cumplir ese rol. No el de actores políticos, sino el de abuelas. Una persona individualmente, como todos los anteriores que han conseguido dar con su identidad tras la operación violenta de exterminio que impuso el poder burgués a podido llegar a una situación relevante en su existencia y eso socialmente debe ser saludado. Pero de ahí, a casi cincuenta años de la desaparición de sus padres, acudir a la lucha anunciando además que ella continúa es una forma que no debe ser entendida dentro de las tareas políticas de la actualidad, básicamente porque el fenómeno ya no implica una situación política sino una situación individual. El solo hecho de que el hermano de quién recupera su identidad le salude desde España, da la pauta clara del alcance de lo sucedido y hasta donde el hecho queda hoy mucho más en la esfera de lo privado que de lo público.
Si bien se alega que este resultado luego de una búsqueda es una prueba contundente ante el negacionismo de alguno de los operadores políticos del Estado, en ese orden de ideas hay que agregar que las pruebas se rinden en un proceso y no a cielo abierto y que el objetivo de la búsqueda no es probar la desaparición de personas sino conseguir dar con la identidad de una persona luego que ella haya sido sustituida de modo delictivo, elementos estos que nada tiene que ver con los apresurados discursos que se dieron en la fecha .
Es importante recuperar la identidad en nuestra propia historia individual, pero ya no es un bien de todos, es el precio que se paga por seguir viviendo en la misma sociedad que los padres de esta persona que acaba de dar con su real identidad combatieron.
Es importante entender que cuando se habla de lucha, no se lo hace desde los objetivos de los padres desaparecidos de aquel a quién hoy se presenta como nieto, sino desde la de aquellos que aún puedan contar con la incertidumbre reposada en cuanto implica saber quién se es en realidad, y conocer su origen. Esa demanda legítima y constitutiva del ser mismo de esas personas, no se vincula con la lucha por un orden socialista que estaba en las mentes de esa pareja que gestando un hijo durante ocho meses se vio truncada en sus programas de vida y sus deseos existenciales por la acción opresiva del aparato Estatal y sus bandas criminales.
Ahora bien, si esa demanda no está presente. No en el acto político singular con que se dio la noticia ni los discursos de ocasión de los siempre dispuestos a ponerse delante de foto, sino desde el momento específico en que se produjo la desaparición de esa pareja de luchadores reales dentro de nuestra sociedad, habrá que advertir que la mejor manera de dar cuenta de su caída y su sacrificio es tomar sus objetivos políticos como propios y recuperar el sentido de la lucha de clases en esa dirección, tarea para la cual , y como es notorio los que posan para la foto declaran un gigantesco ausente sin aviso.
La propaganda de espaldas a la sociedad que presenciamos y en particular para lo que padece hoy la clase trabajadora rescató el derecho a la identidad, en contexto de derecho humano. Si así fuera , habrá que advertir que la propia afirmación oculta que eso que se reivindica como derecho se lo negaron por cuatro décadas a una persona que desconocía haber sido privado de su identidad porque detentaba otra y ahora se “festeja” el derecho, sin advertir a la vez que a la persona en cuestión a ese “derecho” se lo dan o se lo reconocen deteriorado en grado sumo, en tanto su incidencia real en la subjetividad de ese individuo no tiene la misma significación que debió tener de no haber sufrido la supresión de la identidad al mismo momento de nacer en el espacio de cautiverio de su madre.
Es importante que una persona pueda acceder a esta situación que hoy consigue quien es mencionado detrás de un número, pero no es la consagración de un derecho lo que sucede en este caso sino la constatación objetiva y no pasible de discurso ideológico de un daño irreparable. Sin embargo, el daño se puede prolongar si quienes ahora se suben a este resultado declarado judicialmente, lo toman como un trofeo de guerra. Es mucho tiempo corrido, mucha celebración de lo que no debe ser así celebrado cuando los protagonistas del drama están ausentes y esa ausencia no tuvo en más de cuarenta años explicación alguna por parte de quienes la produjeron y de quienes continuaron en el ejercicio formal del poder del Estado y los lazos familiares, además, se angostan por razones biológicas y la incidencia corrosiva del tiempo sobre los seres humanos.
Arakaki ve amenazada su libertad por varias determinaciones judiciales de los intelectuales orgánicos de ese poder Estatal, presurosos a explicar lo inexplicable que es , afirmar que el tránsito carcelario de un militante , se funda en la necesidad de su resocialización , precisamente cuando se indica que la acción reprochada no es más que una expresión alta de la inserción social del sujeto marcada por su voluntad de transformación de un orden social decadente, opresivo e injusto en tanto su existencia remite a la explotación del hombre por el hombre.
Hay en tal sentido una lucha. Pero no es la lucha de los apresurados pregones en un acto en la ESMA. Es la permanente presencia de la lucha de clases y sus antagonismos frente al poder burgués para que las practicas represivas genocidas de las agencias represivas del Estado, no den motivo para que, dentro de cincuenta años, alguien diga que fue un acto de violencia privar a Arakaki de su libertad.
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