El orden social capitalista , deja ver desde los datos de nuestra propia existencia cotidiana , hábitos que estan conformados en las relaciones intersubjetivas que se estructuran de una manera que prevalecen naturalizadas conductas selectivas, elitistas, intolerantes y autoritarias, que consolidan la presencia significativa de burócratas carreristas, positivistas sin sangre, sujetos sabelotodo, artistas funcionales al establishment, calculadores crónicos, realistas obtusos, y sumisos frente al orden establecido, obsecuentes ante toda autoridad, y cultores del castigo como exteriorización de posiciones dominantes en la que se consolidad desde la mirada del otro , como fundamentalistas de la verdad, repetidores de frases hechas, fóbicos al caos, y apologistas del encierro,
Estas características específicas del primer cuarto de siglo, no dejan otra premisa de tipo imperativo relativa a que la vanguardia socialista de los trabajadores debe hacer penetrar explicando a la masa trabajadoras que la cultura represiva debe ser abolida. Ni modificada ni mejorada ni suavizada ni reformulada. Abolida.
No resulta para nada suficiente el cuestionamiento parcial de algo tan pero tan nauseabundo y declinante para la condición humana como la cultura represiva centrada en la lógica punitiva y la amenaza carcelaria Es esa complejidad la que hace que su cuestionamiento crítico, deba emerger a partir de la tarea a emancipadora de los trabajadores constituidos en fuerza social constructora de poder con basamento en el programa de su organización política socialista.
Ese es el factor movilizante integrado a la acción política emancipatoria como un elemento significativo de esa lucha. Por eso el camino de la revolución implica esta tarea de superación plena de lo dado.
La crítica a medias anestesia imaginaciones y maximiza conformismos . La crítica de corte reformista, concentrada el objetivo de ganar legitimidad por vía de la forma jurídica ley,reafirma, legitima y potencia el objeto criticado, le otorga inmunidad, prolonga su vida útil. Hace que propios y extraños confundan el quid de la cuestión. Instala una suerte de endeble purgatorio donde el único favorecido es el statu quo.
La crítica reformista, solo habita en el escenario del NO, porque la simple negatividad de iniciativas del poder burgués, le permite un lugar al reformismo, pero no termina con la adversidad que desea combatir, sino que funcionalmente avanza en la operatividad consensuada de otros instrumentos legales estatales, también afines a la sociedad de control y vigilancia.
El ejercicio normalizado de la pena privativa de la libertad contemporánea es hoy extendido por vía de una norma sustantiva que fija la capacidad subjetiva de las personas para la comprensión de los mandatos prohibitivos en preservación de bienes jurídicos que le imponen las leyes penales a las personas de 14 años de edad en adelante.
Esto significa una vía indirecta para definir la condición de sujetos de derechos a estas personas, bajo la premisa que la actuación de una norma penal abstracta por alguno de ellos, le implicará su ingreso en una existencia de privación de libertad bajo modelo carcelario que le implica repetir en contextos de encierro día tras día la misma rutina, verse sistemáticamente imposibilitado de ejercer todo tipo de actividad colectiva, estar sometido a regímenes progresivos en los cuales la lógica de premios y castigos condiciona cada uno de los movimientos realizados, o tener que estar obligado a recitar hasta el hartazgo frente a eventuales psicólogos, asistentes sociales, médicos o agentes de alguna fuerza de seguridad lo trascendente que resulta para la condición humana ese siniestro proceso de transformación física, moral y espiritual llamado vulgarmente “resocialización.
En sentido inverso, corresponde advertir que el ingreso de un nuevo sector social al modelo del poder punitivo implica colocarlo frente a dispositivos institucionales que tienen su esencia en cuatro puntualizaciones esenciales:
• La transformación sistemática de enemigos del poder en enemigos de la sociedad.
• La “criminalización” de enemigos reales y enemigos ficticios, en forma simultánea y discrecional.
• La formulación a posteriori de justificaciones del castigo, avaladas por voces de aparente prestigio académico, ciento por ciento funcionales al statu quo
• La utilización recurrente del temor generalizado como elemento anti-insurreccional.
A esto se añade el transito previo en situación de sujeto de la norma procesal penal, con sus rutinas rituales y la naturalización de que aún no siendo declarado culpable, durante su desarrollo se le trate en los hechos y realidades como un culpable pasible de los efectos jurídicos de la norma penal donde prevalece sustantivamente el encierro carcelario.
Lo que implica la baja de la edad que marca esta situación de sujeto capaz de ser responsabilizado penalmente para personas en formación, y construcción de identidad desde los 14 años y con ello legitimar el empleo de la amenaza de castigo punitivo y en su concreción de ser así necesario, sobre personas en desarrollo somo sujeto con actividades del poder estatal, a escondidas, paso a paso, en silencio, con la bendición de la doctrina internacional de los derechos humanos a cuestas y sin que nadie -absolutamente nadie esté al tanto de los avatares del paulatino aniquilamiento carcelario tras los muros.
Estamos, como en otras muchas áreas del gobierno, ante una determinación que amplia en cantidad y calidad una de las modalidades del poder burgués que se concentra en su faceta de poder punitivo. Presenciamos en ese sentido un cambio estratégico, fundado en la estricta conveniencia de los detentadores del poder de poder regular una masa poblacional de difíciles contornos sociales demarcatorios , por el empleo del castigo y la perpetuación temporal de la lógica carcelaria. Los aportes científicos de la historia, dejan ver que el sistema carcelario logró su consolidación como institución de castigo desde la propia consolidación del sistema capitalista enfocado sobre la población sobrante a la que considera un conglomerado humano peligroso para el orden social capitalista.
El problema carcelario, su expansión como única respuesta frente a actitudes delictivas deja en el contexto generalizado de la clase trabajadora una sensación puesta en acto de vacío, decepción y sabor amargo- concentrado en la expansión de la angustia lanzada como catástrofe climática persistente sobre los cuerpos de los explotados y oprimidos. Por esto, toda lucha de la vanguardia de los trabajadores no debe circunscribirse a pujar por el NO relativo a esta búsqueda de ampliar la base subjetiva sobre la que se ejercita el poder punitivo bajando la edad de la capacidad de responsabilidad penal por sus actos , sino que debe emerger como una parte más del programa socialista en su combate con el poder burgués y sus potestades monopólicas de imponer castigo punitivo.
El abolicionismo penal se concentra en la tarea de deslegitimar el sistema penal y la lógica carcelaria en toda su extensión. Es en ese plano en que se plasma y adquiere sentido teórico practico dentro del programa socialista que lo pone como herramienta en manos de explotados y oprimidos que lo corporizan y evita que se fije como un mero desarrollo teórico llamado a terminar con la lógica de la pena y sus falaces dispositivos resocializadores El sistema penal debe ser descrito con total crudeza, relatando detalle por detalle sus aberraciones, sin temor a caer en discursos a priori cuestionablemente sensacionalistas.
La vanguardia obrera militante, necesita imperiosamente llegar al convencimiento consciente de que la lógica abolicionista forma parte del programa socialista por ser esa premisa el instrumento intelectual para destacar que el sistema penal actual impone la expansión subjetiva del poder punitivo y que por ello ese mismo sistema debe ser abolido.
Nuevo Curso