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Cumbres Borrascosas. El Estado es un aparato de coacción y violencia de clase

La expresión que utilizamos en el título de este artículo, proviene de la famosa novela Cumbres Borrascosas, escrita por Emily Brontë en 1847. En esa obra, el se incluye bajo esa denominación , la referencia a una finca azotada constantemente por los vientos y las tormentas en lo alto de un páramo, lo que funciona como una metáfora del carácter de sus habitantes y de la relación destructiva, obsesiva y tormentosa entre sus protagonistas que da cuenta de entornos familiares, laborales o sociales cargados de hostilidad, discusiones y rencores acumulados. Emociones descontroladas que desafían la racionalidad, las normas sociales o la tranquilidad.

Si nos adentramos en la búsqueda de poder expresar la vida cotidiana de la sociedad civil que se desenvuelve en el territorio espacial y temporal donde nos toca asumir tareas existenciales que no superan los límites de la pura sobrevivencia, tal vez cuanto hemos expuesto sobre el escenario narrativo de ese clásico de la literatura en donde se alista “cumbres borrascosa”, podría cubrir claramente ese cometido.

El poder burguese real, la dominación hegemónica que esa clase ejerce sobre la masa trabajadora donde nos situamos a través de la institucionalidad impuesta por quienes ejercen formalmente ese poder desde la legitimación que le acuerda la forma jurídica que viene precedida desde hace más de cuatro décadas por farsas electorales que no hacen otra cosa que facilitar la elección del personal político orgánicamente predispuesto para la construcción del discurso de sentido común y la acción coactiva del la violencia legalmente instalada.

Todo ese escenario tumultuoso y violento donde nos desenvolvemos, da cuenta del estadio mínimo de la lucha de clases que remite a la puja inmediata por situaciones materiales económicas y sociales de lucha por la sobrevivencia, sin que las masas trabajadoras en tanto fuerza social, trasciendan en el desarrollo consciente por su vanguardia , en la tarea de dotar de expresión política referida a ese descontento primario que incluso ubica a esa masa de personas en conflictos intersubjetivos que dan cuenta de una suerte de todos contra todos.

Siendo la situación enmarcada en esta descripción , hay que decir como parte de la propaganda socialista , que ese escenario es el espacio donde no obstante la ausencia de paz social, la burguesía se siente cómoda en tanto constata que ese modelo de conflicto social , no cuestiona su existencia sino sus determinaciones específicas y en última instancia señala para los confrontados la forma jurídica como la herramienta indispensable para su superación ocultando que la misma no es neutral a las partes, por su fundamentación última en la noción de propiedad , que emerge de la relación capitalista en cuanto tal y da expresión concreta de ella , con carácter fetichesco , en tanto esa idea de apropiación individual permite que cada uno de los contendientes le asigne posibilidades y potestades que se colocan en esa exterioridad narrada por una norma o ley.

En este último tiempo, en la esfera política y en particular las organizaciones que se ocupan de generar las acciones humanas que dan contenido a ese espacio, remite de manera directa a este fenómeno en una tendencia que adquiere mayor intensidad pese a que los resultandos en última instancia devienen negativos para los intereses de los trabajadores, a quienes únicamente se les convoca desde lo político y por fuera de las vivencias de su propia existencia marcada por la ofensiva que la burguesía descarga sobre sus espaldas , sucede que la puja de clases en ese estadio mínimo que intentamos describir precedentemente, toma como terreno de desenvolvimiento, la esfera judicial.

Desde ese lugar, en cierta forma y en algunos casos, aceptado por las partes, en tanto una y otra concurren a reclamar su intervención, sea por vía de la CGT, de los representantes legales de las organizaciones de Derechos humanos o de la propia izquierda republicana , las determinaciones adoptadas vienen marcando un derrotero a manera de mensaje incluido en todas las incidencias cualquiera fuese el tema concreto del litigio. Ese paradigma que emerge a modo de decisión o a modo de advertencia , es la protección y prevalencia del llamado derecho de propiedad privada, por sobre cualquier otra consideración que se esgrima por los litigantes.

Ocurre que el capitalismo en tanto orden social, transcurre en un contexto de situación objetivamente crítica, porque se dificulta por sus propias contradicciones la reproducción del capital ,tal como se venia proyectando al menos desde el último cuarto del siglo pasado y todo lo que lleva del presente, de manera tal que la vía discursiva y los mandatos de poder burgués que toman cuerpo en las leyes , traducen de una y otra manera la prevalencia de la propiedad por sobre toda otra consideración.

Lo propio ocurre a la hora de dar razón fundante a las acciones de violencia física o simbólica que produce el Estado en contexto de monopolio legitimado del ejercicio de la fuerza sobre las personas y sus bienes , que toma cuerpo también por formas jurídicas que así lo autorizan, sean estas revestidas de actos administrativos como lo son los protocolos de seguridad dispersos por todos los espacios de alguna significación en la vida social, o leyes dictadas en la forma que exige la constitución , que remiten a normativizar todos los espacios salientes de la vida social relativos y conectados directamente con la producción generalizada de mercancías y en definitiva , en la continuidad acrítica de la relación capital-fuerza de trabajo.

Por ese motivo que intentamos describir de manera sucinta , es que a diario nos encontramos con actos violentos de las agencias estatales represivas que sin embargo, encuentran fundamento legal, máxime cuando se los pretende observar por los afectados directos. Repárese en las afectaciones sistemáticas que los trabajadores y la población económicamente sobrante reciben de esos dispositivos violentos y su convalidación final por los órganos intelectuales del poder burgués que se desempeñan en el espacio del poder judicial, que se quita sin mayor rubor su apariencia de espacio neutral de solución de controversias para transformarse en lo que realmente es, un poder político con facultad de coacción sobre las masas trabajadoras explotadas.

En esta línea se inscriben por ejemplo las últimas determinaciones asumidas en referencia a cuanto acontece en la planta de FATE a partir de que esa empresa decidió no producir más y cerrar sus puertas aduciendo encontrarse perjudicada por la política económica del actual gobierno nacional.

De ese dato objetivo: Fábrica cerrada sin previo aviso se sobrevino , la ocupación del predio que forma parte del patrimonio de esa sociedad anónima, por parte de quienes laboraban en esa producción y el reclamo con base en el derecho de trabajo de reapertura de las tareas y pago de los salarios por todo el tiempo transcurrido desde que se generó la aludida paralización del emprendimiento productivo. En sentido inverso la firma , exigio el cese de la ocupación , no abono salario alguno y alegó la presunta comisión de delitos por aquellos que hacían material y visible la ocupación. Finalmente el titular de la acción pública de persecución penal, la Fiscalí, formuló imputaciones delictivas a 24 personas y en el curso de esta semana que transcurre, esas personas son notificadas de la decisión judicial de elevar el proceso penal abierto con ese acto imputativo a la celebración a futuro de un juicio penal en etapa de plenario para afrontar la responsabilidad por hechos delictivos que se les dirige, lo que en todos los casos implica la eventualidad de una pena , más allá de que ellas puedan o no resultar la causa por la que se efectivice a futuro su privación de libertad. Finalmente queda pendiente la efectivización de la orden de desalojo compulsivo del predio industrial, que ya fuera dictada pero que se encuentra siendo materia de un recurso en la sede de la cámara de casación.

Frente a ambas situaciones se dice que las decisiones judiciales son “de clase”, cuando en realidad lo que hacen los fallos es acudir a la normativa vigente. Lo que queda claro es que todo cuanto sucede tiene un interés de clase que es la materia de la confrontación real, al que acude la forma jurídica por discurso de un órgano predispuesto funcionalmente por la propia burguesía . No son los fallos los que juegan el rol sustantivo sobre el que cabe la adjetivación de “fallo de clase”, sino la burguesía dominante que expresa su interés por vía de su Estado, en la persona de un órgano intelectual funcionalmente predispuesto.

Sin embargo, esa calificación relativa al fallo, que se emite para impugnar lo decidido en el fallo sin tener presente que se trata de una acción concreta del poder burgués legitimando su rol de titular monopolico de la fuerza, por vía del castigo penal , peca de vacía y puramente retórica, en la medida en que son los propios afectados quienes también operan ante ese mismo poder y le reclaman decisiones inherentes a su interés con fundamento también jurídico según descripciones de otras normas, tal como se hace en paralelo ante la justicia laboral.

Cuando se opera de esa manera, lo que hace la representación sindical de las personas en situación de falta de empleo , es comprar y difundir el mito implícito en la juridicidad, en tanto una situación propia de la administración de un poder del Estado, sostenida en la asignación de competencia material para sus órganos es confundida con la presencia de un escenario favorable para la atención de pretensiones. Luego si se acepta que son los jueces los que dirimen conflictos, la norma jurídica que se trae a cuento en unos y otros, tiene un común fundamento constitucional , la protección de la propiedad privada que prevalece por sobre toda otra consideración , atento a que su puesta en conflicto mella los fundamentos mismos del orden capitalista.

Desde allí, la explicación propagandizada en torno a que los fallos dictados por jueces penales y los similares dictados por jueces laborales , se contradicen, luce insuficiente en tanto no se sacan los pies del plato y se acepta que sea el derecho el regulador del conflicto, porque el derecho en tanto herramienta funcional a los intereses de la burguesía tiene su génesis en la relación de apropiación privada del valor producido por la fuerza de trabajo, y esa forma que toma la protección de esa objetividad tiene manifestaciones contradictorias según sean los presupuestos racionales que fundamentas las normas aplicables.

Dicho de otra manera,si se acepta y se da legitimación a jueces, para que intervengan sobre una conflictividad y digan la norma jurídica aplicable al caso, se admite a la vez que los componentes de conducta humana ligados al fenómeno que altera una relación humana preexistente puedan tener implicancia de abordaje de todo el ordenamiento jurídico y derivar en una tipicidad conglobada que permita afirmar la existencia de figuras delictivas , lo cual deriva a posteriori con las implicancias del proceso judicial predispuesto para esas concurrencias causales sobre el fenómeno en sí , del cierre unilateral de la planta por sus dueños.

Todo este derrotero , pone en evidencia que las cumbres son borrascosas, y que los efectos no deseados de una táctica en la lucha , reclaman su emergencia. También exhibe que la ausencia de una dirección política y no sindical de la situación , genera la posibilidad que se materialice cuanto estamos intentando describir, y que todo esto supere con creces los limites objetivos de una intervención sindical, que debe explicar como de la situación de legitimación para actuar que da la dramática condición de personas que han quedado sin empleo , puede mutar, por existencia del Estado y sus organismos y de otras normal legales, en situación delictiva.

Sin perjuicio de que públicamente la dirección sindical diga que sus dirigentes adscriben a lo que se llama “trotskismo” sin mayores precisiones de lo que ello tiene implícito, lo cierto es que sus acciones, no hacen otra cosa que omitir en los hechos la consideración de lo que implica el derecho en las categorías conceptuales expuestas por Marx en toda su producción intelectual y la caracterización de León Trotsky según la cual “La situación política mundial del momento, se caracteriza, ante todo, por la crisis histórica de la dirección del proletariado”.

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