La pobreza en Argentina llegó a 55,9 por ciento. Esa proporción es la más alta en los últimos 20 años. Por su parte, la indigencia llegó al récord de 20,3 por ciento, recordando que ambas categorías definen situaciones sociales específicas.
Se considera en situación de pobreza a aquellos hogares cuyos ingresos son insuficientes para satisfacer las necesidades básicas, alimentarias y no alimentarias, de sus miembros. Por su parte, la línea de indigencia representa el ingreso mínimo necesario por persona para cubrir el costo de una canasta alimentaria.
La cifra corresponde al primer trimestre de este año surge del último informe de la Universidad Católica Argentina (UCA) en base a la información de la Encuesta Permanente de Hogares.
Con esos datos, no esta de más advertir que cuando se habla del ser humano, esa indicación específica, no tiene correspondencia necesaria con lo que la ciencia jurídica denomina sujeto de derecho o con más frecuencia, cuando alude a “persona”.
Esto debe ser aclarado porque comúnmente se acude a ambos con uso indistinto e idéntico significante. El individuo en tanto ser humano, no coincide con la noción jurídica de persona porque en este último caso, puede ser entendido como tal, es decir, como sujeto de derecho, no solo el sujeto corpóreo sino también los entes colectivos abstractos, como por ejemplo lo son las sociedades comerciales o las distintas gamas de asociaciones civiles.
También puede aludirse, cuando se habla de personas a algunos seres vivos no humanas, es decir, otorgando una figura jurídica postulada para ser concedida a ciertas especies de animales.
En este sentido lo hizo la Cámara Federal de Casación Penal, Sala II, 18-XII-2014, «Orangutana Sandra sobre habeas corpus», para aludir a cada una de las especies de animales que, por su elevada capacidad cognitiva, la doctrina y la jurisprudencia reconoce como titulares de derechos.
Esta idea es más o menos aceptada por todas
las corrientes de pensamiento que abordan ese especifico espacio del conocimiento que es el mundo jurídico.
Sin embargo, se le escapa a la ciencia jurídica, y a los apologistas de las políticas de declaración de derechos subjetivos , lo que se oculta con significación ideológica, es decir, lo inverso, esto es, que por la propia lógica de la acumulación capitalista, también es posible pensar un ser humano, sin existencia como persona, en la media en que esa persona es excluida o no incorporada al complejo entramado de la producción mercantil ubicándose en el espacio de lo que recibe el nombre naturalizado de “población sobrante”.
Dicho, en otros términos, estando desplazado y naturalizado estructuralmente como “sobrante”, el individuo componente de esa población puede no ser persona para el mundo jurídico, sea porque no esta en situación objetiva de demandar derechos, sea porque no cuenta con los medios materiales para concretar esa pretensión.
Visto de esta forma, en los hechos en uno u otro caso los seres humanos individualizados en ese sector social, no alcanzan efectivamente la condición de sujeto de derecho, y solo se los advierte como centro de imputación de obligaciones, como lo son aquellas que surgen como sanción por incumplimientos conductuales o acciones que afectan bienes reputados como jurídicos y pasibles de protección por el resto de la población, los que se señalan con antelación por medio de los tipos penales.
Las estructuras kantianas de pensamiento, que inspiran las bases ideológicas del orden jurídico establecido, se ocupan de delimitar la premisa conforme a la cual, el hombre es persona, en tanto es pasible de ser considerado como un centro de imputación normativa en función del cual se le adjudican potestades, facultades y se le imponen, a la par, obligaciones.
Sin embargo, es en esta premisa, donde el Estado, revela su absoluta impotencia para humanizar la vida a través de relaciones sociales justas, basadas en el principio de colaboración, toda vez que solo pueden asumir en un 100 % esa condición de sujeto de derecho, aquellos que se encuentran incorporados de alguna manera al proceso productivo y a las premisas de la cultura dominante.
Para los excluidos, solo queda la posibilidad de asignación de una personalidad acotada y limitada que les permite ser pasible de un solo tipo de norma: La ley penal.
En otras palabras, al marginado, al no incluido en el proceso productivo de bienes o servicios, solo se le llama persona en el momento exacto que ello resulta necesario para materializar a su respecto el reproche penal e imputarle comportamientos sociales previamente catalogados como delictivos por poner en crisis, el orden cultural impuesto por la burguesía en tanto clase dominante.
Dese lectura a las pautas programáticas de nuestra Constitución Nacional y las de las profusas enunciaciones contenidas en los tratados internacionales incorporados en ella y se verá que la realización de esas formas jurídicas, proclama, en el terreno concreto de la existencia, un enorme “ausente sin aviso”.
En definitiva, las específicas relaciones sociales que estructuran nuestra vida material y cotidiana, generan día a día, exclusión y
marginalidad. Muchos de los expulsados construyen así una “nuda vida” y en esa vida sin vida, se extinguen como sujetos de derecho y la idea jurídica de persona se esfuma.
No puede pensarse en normas que regulen la existencia, si el capital es la relación básica constitutiva de los vínculos que se generan entre las clases sociales que ella misma ha engendrado, en pugna constante por la apropiación del valor incorporado por el esfuerzo del trabajador asalariado
Complementariamente, la democracia formal, en cuanto régimen político, con base en un Estado Constitucional, con toda su institucionalidad concurrente, no goza de fundamento alguno para su existencia, en la medida en que se revela incapaz de garantizar, a todos los individuos por su sola existencia, la condición de sujetos de derecho.
Un sistema de orden social, impregnado por una realidad opresiva de la subjetividad, no
puede hacer otra cosa que anular la existencia de las personas en tanto individuos sociales capaces de asumir obligaciones y ejercer derechos.
Libertad, igualdad, fraternidad fueron paradigmas de los orígenes del orden capitalista y objetivos de los Estados que esa clase instrumentó por vía de Constituciones escritas. Sin embargo, no hay orden social existente que esté más alejado de las nociones específicas, implicadas en las ideas de igualdad y libertad que la sociedad capitalista que en los hechos nos situó a pesar de sus incipientes declaraciones revolucionarias, en un mundo donde reinan la esclavitud asalariada, la división en clases y la lucha más feroz por la apropiación de bienes
Políticamente la burguesía como clase, por vía de la forma jurídica de ley suprema o constitución ha declarado como objetivo de su dominación, que la sociedad en donde nos desenvolvemos, nos confiera la condición de seres libres e iguales y nos permita relacionamos con vínculos de hermandad. Sin embargo, esto no es fácil de percibir en la realidad y mucho menos, advertible en la situación que nos dan a entender las cifras que citamos al inicio. Ellas no nos hablan de la posibilidad de vínculos fraternales, porque ellos no pueden surgir a partir de las carencias que se denotan, desde ellas los seres humanos no parecen iguales y el Estado en tanto poder burgués institucionalizado manifiesta absoluta impotencia ejecutiva para su resolución porque ello llevaría a colisionar con los intereses de clase de quienes lo han instrumentado y son en gran medida responsable de este empobrecimiento generalizado de la sociedad.
Habrá que recordar en este sentido, aunque parezca hoy una obviedad, que el hombre es el único ser vivo que requiere del concurso de otros, para su propia subsistencia, en un hacer productivo que le resulta específico, toda vez que es el único sujeto capaz de producir cultura, entendida ésta, en su más amplia expresión.
Nadie puede negar hoy que una sociedad es una totalidad estructura por relaciones ordenadas. Pero ese orden no es fijo e inmutable sino por el contrario, histórico. La sociedad en que vivimos, signada por los paradigmas de libertad, igualdad y fraternidad, no es otra que la generada por relaciones sociales-económicas capitalistas, que básicamente suponen la existencia de un sector social que domina el proceso productivo desde la apropiación orgánica de los bienes de producción, los servicios y el control de la estructura burocrática estatal y otro grupo social, -la mayoría- que existe condicionado objetivamente por la venta de su capacidad de trabajo adquirible por aquellos en la gestión de sus empresas.
Esa forma de ordenamiento social, genera por su propia dialéctica reproductiva y de acumulación, que existan grupos humanos ubicados fuera de ese vínculo primario de capital-trabajo. Son los que hoy se denominan “no incluidos o desocupados, yacentes de modo estructural en la mencionada población sobrante.
Esos sujetos sociales desde su primario y constatable extrañamiento de la relación de empleo, son la resultante de la contradicción inmanente del sistema capitalista, incapaz objetivamente de la generación de pleno empleo. Frente a esta contradicción, caen las estructuras ideológicas que permiten el consenso para que la existencia de una sociedad que convive con un 56% de la población en la pobreza, resulte viable y propia del orden natural de las cosas.
En ese contexto es paradigmática la comprensión ideológica que los sectores medios de nuestra sociedad, tienen del problema, reduciéndolo exclusivamente a una situación de imagen, de donde se deduce que la pretensión es no ver. No interesa si existe o no el problema de la pobreza, la marginación y la desocupación, lo importante y relevante es que eso no se haga visible. Que no forme parte del paisaje social cotidiano, iluminado por los centros comerciales y el consumo.
Es necesario, tener presente que con la miseria no se puede hacer lucha sindical, porque eso supone ser parte de lo mismo que se dice criticar. Peleando por una donación pública o un subsidio, lo único que se alimenta es la falsa noción de que estamos ante un problema de distribución de la riqueza, que se puede abordar adoptando políticas para que la misma sea más equitativa.
Los apremios objetivos de la pobreza y la miseria no admiten otra intervención que la lucha política, orientada explícitamente a la desaparición de los factores que generan ese resultado calamitoso e inhumano sintetizado en paupérrimas condiciones de vida. No hay otro camino que la superación de las relaciones sociales capitalista que nos enmarcan.
La propia revolución francesa, generadora del régimen político en el que nos desenvolvemos, partió de reclamos inmediatos de los sectores desplazados en el régimen feudal., como lo fue el reparto de pan en Paris, y las crecientes hambrunas, pero los gestores ideológicos y dirigentes de las revueltas, nunca partieron de la idea de que todo terminaba con una mejor distribución de la riqueza, sino con la destrucción de las relaciones sociales del feudalismo que generaban esas hambrunas.
En igual media en nuestro tiempo histórico que deja ver el agotamiento del modo de producción capitalista, la orientación central y básica, es dar primacía a la totalidad, ya que la fragmentación impide ver la coherencia del conjunto. Llega el momento de pensar en que el problema no está en aquellas personas que ocupan una plaza pidiendo comida, vestimenta y un techo, sino en las relaciones que estructuran esta sociedad en la que sobrevivimos.
Nuevo Curso