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Nuevo Curso

LOS TRABAJADORES Y LA POLITICA CRIMINAL DEL PODER BURGUÉS

NUEVO CURSO

   Los elementos teóricos necesarios para una explicación de los fundamentos estructurales de la criminalidad moderna y de los actuales procesos institucionales de criminalización tal y como resultan determinados por el modo de producción capitalista, pueden hallarse en la producción de Marx y en aportes posteriores constructivos de las categorías conceptuales de “desviación y del control social

Desde ese marco, es necesario apreciar que el Estado fuera de su falsa fundamentación normativa y la legalización de un pretendido consenso para que su existencia esté marcada por su carácter superador de las clases sociales constituidas en la sociedad civil y en la producción, es en esencia lo inverso, esto es, un aparato represivo de clase, donde por vía normativa desde su génesis se legaliza la concentración de la violencia

 Una construcción revolucionaria relativas a las tareas objetivas que debe asumir la clase trabajadora en sí, a través de su vanguardia constituida de manera consciente en clase en sí, impone como objetivo estratégico   la extinción del Estado en la sociedad comunista y traza la presencia del aparato orgánico del Estado  en la sociedad de transición no ya en la forma burguesa del Estado de derecho,  funcional a la acumulación y reproducción de las relaciones capitalistas de producción, sino en la «socialista» de la dictadura del proletariado, con organismos de poder específicos de la democracia obrera dados en su constitución y funcionamiento por las masas explotadas y oprimidas.

En ese contexto, la hipótesis criminológica de fondo, leída como programa máximo resultante. es la extinción de la forma jurídica en sí como regulador constitutivo de las relaciones sociales dominantes, y en particular derecho penal, todo mediante un proceso que hace que el control y la represión penal se tornen progresivamente «superfluos», por la abolición de las clases sociales, la propiedad privada y la extinción de los efectos específicos de la llamada ley del valor. Este extremo resulta materialmente posible solo ante el cese de toda posible correlación entre producción y consumo y el excedente estructural de todo tipo de bienes y servicios respecto a la demanda:

Por fuera de la significativa presencia del Estado, a la que venimos haciendo mención, también corresponde tener presente que las herramientas conceptuales del método marxista de análisis social, nos llevan a estimar  la criminalidad y  la represión penal como fenómenos estrechamente ligados a la naturaleza mercantil del modo  de producción y de la  distribución capitalista de la riqueza, en la medida en que es  en el mundo de la producción y de las mercancías  donde se presenta el espacio material de concreción  de la objetivación o alienación del sujeto `.

     Dicho en otros términos, en función de la verificación objetiva en la sociedad capitalista por la forma en que esta da respuesta a la satisfacción de las necesidades materiales , de la que emergen los fenómenos subjetivos específicos de la alienación y del fetichismo , dando lugar a  la -personificación- de las cosas y la «cosificación de las personas en el cambio mercantil, la superación del antagonismo social, de la disociación clasista y de la represión penal gracias a la supresión de la «forma de mercancía», y por consiguiente a la abolición completa del mercado, del cambio y del dineros son los estadios necesarios para la superación dialéctica del problema criminal y del castigo social sobre esos específicos comportamientos .

Así las cosas,  desde el específico terreno político de la militancia socialista, en un período histórico que con relación a la revolución social transita por actividades de agitación y propaganda del programa revolucionario, son posibles  planteos transicionales en el espacio de la  política criminal  burguesa proponiendo y activando por la superación de los paradigmas ideológicos que la sustentan, los que son funcionales a la reproducción de ese orden social que hoy denuncia sin ambages su decadencia como tal, dando signos relevantes de su caducidad. Sin embargo, esos planteos no pueden nunca abrazarse por fuera del programa global de lucha por el socialismo y sus premisas constitutivas.

Lo contrario, traduce en la práctica el empleo y la apología vacía de concreción de herramientas de corte reformista, que lejos de avanzar en la proyección democrática de una sociedad sin castigo punitivo, concurren por su frustración a dar pie a proyecciones ideológicas solo centradas en la represión social y la devolución defensista del daño. Esto sucede en definitiva por la estructural deficiencia de pensar en la progresividad del orden capitalista y en la posibilidad de su humanización, precisamente cuando el mismo da cuenta de que su vigencia solo es posible bajo el pesado costo de la barbarie.

Las intervenciones de orden transicional dentro de las consignas de ese tenor que forman parte del programa de lucha por el poder obrero y su específico Estado ,  relativas a la demanda específica de la clase trabajadora y los oprimidos , no pueden estar ligadas en modo alguno a la idea de castigo punitivo y represión, en la medida que de ser ello así, solo conduce al reforzamiento de las estructuras burocráticas y orgánicas del aparato represivo consolidado dentro del Estado de la burguesía y sus formas jurídicas legitimantes.

 En sentido inverso, la ruptura criminal del orden y la represión penal deben ser leídos como manifestaciones políticas de la lucha de clases, como parte del combate abierto de clase contra clase, propio de este momento de crisis estructural profunda del modo de producción capitalista. Esa intervención debe darse con apoyatura en la denuncia propiamente sociológica, de las motivaciones subjetivas de los comportamientos desviantes y el señalamiento de la responsabilidad que le corresponde a la estructura político-institucional de las formas de control social.

    La crisis del capital hace que el sistema penal, se presente agigantado en su aspecto normativo y procesal configurándose, como un enorme aparato ideológico cuya función de represión directa, viene acompañada por la legalidad, y la emisión de juicios de culpabilidad que no tienen otro efecto, que el de la simple estigmatización social de los sectores sociales implicados, a través del proceso, la condena y la inscripción del individuo en el registro judicial por vía de la reincidencia.

Por todos estos elementos en juego presenciamos y constatamos, la formalización progresiva de la justicia penal encaminada, a convertirse en una máquina clasificatoria que produce esencialmente incriminaciones, certificados penales y status jurídico-sociales (pendiente de juicio, reincidente, delincuente habitual, sujeto peligroso, etc.).

     Desde el programa transicional debe alentarse una interpretación del específico fenómeno delictivo como una forma de rechazo ideológico e insubordinación política de los sujetos pertenecientes a una clase económicamente subalterna frente a los modelos de comportamiento social impuestos por la clase hegemónica.

También en el contexto de empleo de la táctica de frente único , debe advertirse y denunciarse que no es exclusiva y ni siquiera prevalentemente la clase obrera la víctima de la represión penal y de las instituciones carcelarias en tanto por la particular configuración del capital en nuestra sociedad, las acciones del poder burgués ,  golpean bastante más  a los sectores económica y culturalmente excluidos concentrados en la categoría de población económicamente sobrante , más o menos directamente tocados por experiencias de pérdida de la propia identidad social

           Lo inmediato impone  exigir el abandono por parte de las agencias estatales de toda práctica, cuya modalidad expresa o implícitamente traiga aparejada  situaciones incapacitado ras y neutralizadoras de la persona que ha sido sancionada con una pena, evitando que el encierro de un sujeto sea utilizado con su cuota de castigo y daño para pretender modelar y controlar de modo direccionado los comportamientos de la sociedad, y en particular, de los grupos humanos vulnerables que se desenvuelven en su interior. En otras palabras, debe cesar la opción dominadora de clase con contenido social segregativo

               Es necesaria una redefinición de la política criminal en orden a la reducción del poder punitivo de las agencias estatales por vía de la despenalización de conductas, disminución del monto de las penas y abolición de la prisión preventiva. Y sustituir el control y la dirección del tránsito penitenciario del condenado –hoy en manos del Estado– por vía de organismos creados desde la propia clase trabajadora, externos y distintos al equipo militarizado que hace a la estructuración actual del servicio penitenciario.