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“CARCEL Y SI NO BALAS”. LA DEMANDA GENERALIZADA DE CASTIGO PENAL. OTRA FASE DE LA POLÍTICA BURGUESA

NUEVO CURSO

El fenómeno social del castigo exhibe una complejidad a la que ideológicamente se la presenta con una lógica jurídicamente simplista, automática: al delito le corresponde el castigo. Sin embargo, este esquema no es real, porque siempre ha estado incluido en el marco del orden social y por lo tanto en el seno de relaciones sociales complejas, que por sí mismas lo tornan de difícil abordaje ajeno a toda resolución simplista de la cuestión. Dicho, en otros términos, la concepción de lo que es un delito siempre ha sido expropiada por los grupos dominantes, por el poder, y por lo tanto el delito como tal no tiene esencialidad alguna y su castigo queda sujeta a la voluntad del poder

En nuestro tiempo, a través de la profusión mediática de productos donde se envasa la cuestión relativa a la criminalidad social en formatos todos determinantes de la imposición de castigo penal y discurso de mano dura, que puede reducirse a título de ejemplo en el discurso de campaña electoral de varios candidatos según el cual la solución del conflicto social en curso es “cárcel o balas”.

El resultado de todo este escenario orientado a la formación de consenso, y a su vez su presupuesto es el “poder de castigar” que retiene el Estado como formación jurídica institucional preexistente, que se expresa en una política, lo cual hace que quien tenga el ejercicio efectivo del poder pueda por diversos mecanismos, castigar como no castigar, perseguir y no perseguir, condenar y no condenar, encarcelar y no encarcelar-. La complejidad entonces está dada en que no se produce una respuesta penal automática a una determinada conducta previamente considerada reprochable ya que tal respuesta está sometida a la preservación a las relaciones sociales que conforman el orden social que son en última instancia las que determinan las decisiones concretas de poder.

Quienes apelan al valor justicia, ubicándolo en las decisiones de los jueces que integran un poder del Estado constituido por la burguesía para la gestión de sus intereses, olvidan que todo dispositivo legislativo, léase la Constitución Nacional o el Código Penal, han organizado espacios protegidos y aprovechables en los que la ley puede ser violada, otros en los que puede ser ignorada y otros, en fin, en los que las infracciones se sancionarán.


Desde esta perspectiva, habrá que comprender que el sistema penal es no tanto el enunciado de la norma, que surge de la ley, sino su funcionamiento concreto signado por la determinación superior de la aplicación o no aplicación del enunciado previo de la ley. ya que entre el enunciado y la aplicación o “descarga” de la norma existe un “espacio de mediación” que es precisamente el funcionamiento concreto del sistema penal del que la norma forma solo una parte.
En ese espacio de mediación donde se concreta el sistema punitivo, las mediaciones del poder burgués pueden estar dadas por la interpretación del hecho, la naturaleza de la víctima o del victimario, el clima cultural, la repercusión social o político del suceso, la ideología del funcionario u operador del sistema penal, la influencia del contexto social, la actuación de los medios de comunicación.
En el mismo contexto y dentro de las mediaciones del poder burgués sobre el conflicto social en sí , se debe también considerar que el Estado predispone intelectuales orgánicos a la clase que son facultados a decir en última instancia lo que dice y lo que no dice la norma, lo que señala y lo que oculta, lo que hace y lo que no hace, lo que reprime y lo que tolera, mostrando así como son las relaciones sociales prevalentes y su funcionalidad las que determinan en ultima instancias las decisiones de poder que nada tienen que ver con una resolución cercana al valor justicia, del conflicto en sí.
Históricamente la concepción de lo que es un delito siempre ha sido expropiada por los grupos dominantes, por el poder, y por lo tanto el delito como tal no tiene esencialidad alguna y su castigo queda sujeta a la voluntad del poder
El esquema delito-castigo nunca es autónomo de las relaciones que operan por la base de la existencia de la sociedad civil, es decir siempre se da en el marco de un orden social que representa y reproducía intereses de, clases y/o de grupos sociales, unos poderosos y otros débiles, unos soberanos, otros súbditos, y por lo tanto el castigo formaba parte de una relación de fuerzas políticas más amplias y complejas que el simple castigo de una inconducta.
En suma, en el orden social capitalista donde desarrollamos nuestra existencia como integrantes de una u otra clase social, (burgueses y trabajadores) se castiga porque alguien o algunos tienen el poder de castigar a partir de la gestión política de los intereses de la clase dominante por parte del Estado.
De tal forma, al reclamo por castigo fundado en el valor justicia, le antecede la observación necesaria de un hecho o fenómeno social previo: la construcción social de un poder, que expropia el uso de la fuerza física a otros poderes autónomos e individuales y monopoliza legítimamente en un territorio ese uso de la fuerza, que suma al monopolio de dictar la ley y de la tributación; proceso que se objetiva en el Estado.
Así las cosas , cuando se aborda la cuestión del castigo y su necesidad por grupo o colectivos de personas, la pretensión de su aplicación con fundamento en un determinado criterio de justicia olvida lo esencial que es la cuestión previa de lo que significa el poder burgués y su Estado , como herramienta necesaria a la reproducción de sus relaciones sociales específicas y la funcionalidad que en ese fenómeno tiene el Derecho, concentrado en la idea de ley abstracta y generalizada para toda la población.
Solo la asimilación propagandística por la clase trabajadora en torno a la complejidad social del fenómeno criminal, puede confrontar con este orden de cosas, por vía de una doble negación dialéctica. Habrá que advertir que la presencia esencial del Estado de la burguesía en el fenómeno en sí, lleva necesariamente a la tarea imperiosa de su abolición por vía del poder obrero, sus organismos y la construcción del programa socialista.