Las ideas de libertad e igualdad, son presupuestas por el derecho para la aplicación de sus formas jurídicas. Esto es la ley en tanto objeto de lo jurídico, se remite a sujetos que son libres e iguales ante ellas, siendo además los paradigmas del orden social capitalista desde su emergencia a partir de que la burguesía se constituyó en clase dominante e impuso su poder, precisamente ante la constitución del Estado y la monopolización del ejercicio de la fuerza para quien no se ajuste a ese orden jurídico.
Más aún , en los Grundrisse, Marx dice lo siguiente : «Por tanto el proceso del valor de cambio desarrollado en la circulación no sólo respeta la libertad y la
igualdad, sino que es preciso decir que éstas no son otra cosa que su
producto y encuentran en él su base real. Como ideas puras, son las
expresiones idealizadas de sus diversos momentos; como ideas desarrolladas en relaciones sociales, políticas, jurídicas, son reproducidas solamente en diferentes grados.
Dicho de otra manera, y con marcada significación para nuestros actuales momentos de lucha de clases, los principios jurídicos de libertad e igualdad,formulados desde la Declaración francesa de derechos del hombre y el ciudadano de 1789, luego ampliados por todas las declaraciones, acuerdos y tratados internacionales la mayoría de los cuales reconocen su génesis en la post segunda guerra mundial, donde las posibilidades de avance del Stalinismo eran significativas, se encuentran subordinados a las relaciones económicas de la sociedad civil burguesa, en aquel entonces con tendencia expansiva tras la destrucción de fuerzas productivas y nuevas hegemonías que produzco la guerra. Sin embargo, por fuera de ese contexto , ya Marx indicaba al respecto que : «Por libertad, en las condiciones actuales de la producción burguesa, se entiende la libertad de comercio, la libertad de comprar y vender» , a esta libertad burguesa corresponde «una constitución social y política adecuada a ella», con lo que vuelve a ligar uno y otro espacio de la realidad, no como compartimentos estancos sino como un único y exclusivo orden totalizador que implica el orden social capitalista.
Marx le atribuye a esta libertad un sentido negativo, pues, como lo afirma, ha «hecho de la dignidad personal un simple valor de cambio». Paradogicamente el gobierno nacional y quienes lo gestionan desde hace más de dos años, concurren a reforzar ese sentido de la libertad , aunque reforzando un aspecto del mismo que es precisamente el que Marx somete a crítica, y por el que convoca a superarlo por vía de la emancipación de los trabajadores de las relaciones sociales de producción capitalista, el orden social productor generalizado de mercancías y la ley de valor.
Siguiendo ese orden de ideas y mas cercano en el tiempo, Nicos Poulantzas, se ocupó de destacar que el principio de libertad e igualdad en las condiciones de la sociedad capitalista significan : «el valor de cambio de un trabajo totalmente cuantitativo (igualdad), la circulación un verbalizada y la reproducción ampliada de las mercancías (libertad e igualdad), la extracción específica de la plusvalía (libertad e igualdad en el contrato de trabajo), la acumulación particular del capital (libertad
e igualdad de los capitalistas entre sí.) (Nicos Poulantzas. Hegemonía y
dominación en el Estado Moderno. Argentina. Pasado y Presente, 1975,
p. 22.)
La libertad Avanza en un giro superior de la noción de libertad que era propia del liberalismo clásico y que está impregnada en la Constitución Nacional que dio origen a la Argentina, desarrolla el criterio interpretativo del fenómeno en sí , según la conceptualizada principalmente Isaiah Berlin, que la describe como la ausencia de obstáculos, interferencias o coacción externa por parte de terceros o del Estado en el ámbito de acción de un individuo.
Es la libertad «de» intromisiones, garantizando una esfera privada donde la persona puede actuar según su voluntad. Sin embargo, ese espacio individual que demanda protección lo es únicamente para que el sujeto se relaciones con los demás , en clave utilitarista en la esfera de vínculos que ideológicamente se dicen voluntarios pero que yacen en lo que Marx describe como intercambio en la cita que hemos transcripto anteriormente, con lo que pese a lo que se le denosta desde estas filas partidarias, sus premisas terminan siendo el elemento objetivo de análisis de las categorías marxistas, contenidas ya en el Manifiesto Comunista y con mayor precisión en el Capital.
A esta libertad el programa político de los revolucionarios socialistas , contrapone la libertad real de la sociedad comunista pues, en tanto a la inversa de las versiones que difunde el poder burgués desde los medios acólitos al gobierno y sus premisas programáticas , «Marx no consideraba en absoluto que el comunismo, el nuevo orden resultado de la emancipación obrera, fuera incompatible con la libertad.
Por el contrario, era la verdadera libertad la que, en su opinión, resultaba incompatible con la existencia del Estado y de la sociedad burguesa. Por eso, lo que trataba de abolir, justamente para que fuera posible la libertad real, eran precisamente las categorías que dan sostén a las formas jurídicas y la constituyen esto es, la personalidad jurídica que constituye al hombre en sujeto de derecho de las normas que le imponen su ajuste con el orden social capitalista, burguesa, la independencia burguesa del sujeto para determinarse en el intercambio mercantil y el carácter pretendidamente voluntario de esas transacciones donde incluso se compra y vende la propia fuerza de trabajo del ser humano que por carecer de propiedad de medios de producción no tiene otra vía de sobrevivencia que gestarse en esas transacciones.
En el programa socialista revolucionario, que no es otra cosa que la teoría social y política de la vanguardia de los trabajadores, problema de la libertad personal, de la verdadera libertad, aparece asociado con el de la propiedad, factor que hace que tanto la igualdad como la libertad real resulten incompatibles con la propiedad privada capitalista».
En efecto, para Marx En efecto, para Marx la libertad de la propiedad privada burguesa, la propiedad de los medios de producción, «es la última y más acabada expresión del modo de producción y de apropiación de lo producido basado en los
antagonismos de clase, en la explotación de los unos por
los otros’.’
Esta propiedad, de ninguna manera crea propiedad para el trabajador, lo «que crea es capital, es decir, la propiedad que explota al trabajo asalariado y que no puede acrecentarse sino a condición de producir nuevo trabajo asalariado, para explotarlo a su vez».
La libertad negativa que exalta el programa de gobierno y sus constitucionales formas jurídicas, lo único que confiere en el plano de los hechos, tal como lo denuncian estos más de dos años de gestión política enmarcados en una ofensiva del poder burgués sobre los trabajadores, es la posibilidad de apropiarse, mediante el salario, de «la suma de los medios de subsistencia indispensables al obrero para conservar su vida como tal en las estructuras objetivas de una relación social de explotación, que incluso se cubre con la apariencia de la forma jurídica de un contrato.
Finalmente , y esto se deja ver con evidencia en la base ideológica que sostiene los proyectos de ley que se encuentran en disputa política en el curso del presente año, con todo ese entramado de vínculos materiales subjetivos entrelazados en la sociedad civil, lo que se busca es asegurar al trabajador lo estrictamente necesario para la reproducción de su vida haciendo que esta se concentre solo en el consumo de bienes reproductivos y no culturalmente expansivos de la personalidad y la condición humana , haciendo que en realidad se logre intensificando la producción y el ajuste de los precios en plano inflacionario de las mercancías a excepción de la mercancía fuerza de trabajo .
Con este tipo de apropiación, lo que se logra al consagrarlo a través de la forma jurídica, es el garantizar que el trabajo continúe acrecentando al capital y, por ende, que se promueva la reproducción ampliada de la propiedad burguesa, que por estar en crisis es lo que da la nota distintiva al actual estadio de la relación social capital y la dominación de clase de la burguesía sobre explotados y oprimidos.
En este contexto es donde hay que ubicar un elemento del fenómeno político al que aludimos, concentrado en la herramienta jurídica que pretende la gestión de gobierno y el poder burgués en su totalidad. Con el anteproyecto de ley de Modernización Laboral, lo que se pone en cuestión entre otras tantas situaciones es la actual realidad de las formas jurídicas que abarcan la libertad de asociación de los trabajadores en asociaciones gremiales, conocidas genéricamente como asociaciones profesionales, y se lo hace de manera indirecta específica buscando cortar los canales de ingresos dinerarios que permiten su funcionamiento y financiamiento.
Dicho de otra manera, lo que se pretende es dar nueva forma jurídica a la libertad de asociación que no es otra cosa que la consagración con forma de ley de largas luchas de los trabajadores, luchas contra el aislamiento del trabajadores en la explotación de su fuerza de trabajo, contra la tendencia a la baja de los salarios y la prolongación de las jornadas de trabajo.
Dadas así las cosas nos encontramos en presencia de la alegación burguesa de la ineficacia en plano sociológico de las leyes, por cuanto éstas han dejado de expresar las necesidades e intereses generales de la sociedad, en cuanto no responden a la materialidad de sus intereses de clase dominante. De esta forma, cuando las leyes dejan de corresponder a las relaciones sociales con la que conforman una sola entidad, las leyes se convierten en letra muerta, se tornan ajenas a la realidad e implican un simple papel, que induce a los órganos de poder burgués concentrados en el poder judicial a negar su aplicación. Las leyes perduran como leyes eficaces sólo cuando satisfacen los requerimientos del orden de las relaciones sociales, si éste cambia, las leyes deben también cambiar, de lo contrario devendrán en un montoncito de papel; no tendrán más valor que el papel en que están escritas.
Esto que señalamos pone un dique ideológico de contención a la acción política que puedan encarnar los trabajadores sobre la base de la negación del proyecto y la conservación del orden existente. Por este motivo , para evitar que la negación afirme lo negado, es preciso que la propaganda política denuncie el sentido final de la operación política burguesa, lique sus perfiles específicos a una crisis generalizada de ese orden social, y exponga la necesidad de superar el entorno exclusivamente legal del problema , exhibiendo la premisa revolucionaria de construcción de política autónoma de los trabajadores, organización partidaria propia con programa socialista revolucionario, por la definición del poder obrero, y un nuevo orden social .
Los trabajadores constituidos por su vanguardia en clase para sí, en su revolución permanente por convertirse en clase dominante, no deben solo tomar posesión de la máquina estatal burguesa existente, sino destruirla y superar la división de clases para abolir la explotación. El objetivo es abolir el Estado como instrumento de opresión de clase. “ Como lo indica el Manifiesto Comunista, el objetivo inmediato de los comunistas es la constitución de los proletarios en clase, el derrocamiento de la dominación burguesa y la conquista del poder político por el proletariado. Este objetivo busca la abolición de la propiedad privada y la eliminación de la lucha de clases.
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