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Argentina 1985: Las incidencias del Cine y los peligros del anacronismo

NUEVO RUMBO

«Argentina 1985«, se exhibe en nuestro país. El espacio de contexto de la narración gira en torno al enjuiciamiento en esa época de los miembros de las juntas militares que se sucedieron desde 1976 a 1983. Tiene significación en el desarrollo de la película la referencia histórica de la expresión Nunca Más , dicha esta por la fiscalía en su alegato final .

Se corre el riesgo de generar un anacronismo si se ve y analiza esta producción con categorías conceptuales del presente, es decir si erróneamente nos ubicamos y situamos al film en un período de tiempo que no se corresponde con el que le es propio, lo que se consolidaría si como espectadores sacáramos conclusiones desde el hoy.

Sin embargo Argentina 1985 impone un recorte temporal y en sentido inverso  trae desde el pasado, la expresión “nunca más”, ligada a la defensa de la república democrática y sus instituciones con formato de preámbulo al puro estilo alfonsinista, situación  fenecida con sentido histórico con otra consigna nacida de los explotados en las calles : “que se vayan todos”.  Lo cierto es, que no hubo como es de público y notorio ningún nunca más , como lo testimonian las nutridas listas de muertos en democracia a manos del Estado o personeros de sus aparatos represivos. Es más , lejos del nunca más, el propio Alfonsín paseo por el batallón La Tablada , tuvo ante su vista a personas que se rendían frente al fracaso de su intento de copamiento y luego varios de ellos que se encontraban con vida permanecen aún hoy en situación de desaparecidos. Mas cerca en el tiempo, presenciamos instancias de desarrollo de operativos de inteligencia como el proyecto X de vigilancia sobre militantes políticos iy sociales, el dictado de la llamada ley Antiterrorista  y la desaparición seguida de muerte de Santiago Maldonado, a la que se suma con carácter de emblema la de Jorge Julio Lopez , precisamente luego de haber depuesto como testigo en un juicio específico sobre desaparición de personas de aquel período de la dictadura cívico-militar genocida

Entre los años 1986-1987, Raúl Alfonsín, esperando apaciguar las objeciones y presiones directas de un sector de la burguesía y de las fuerzas armadas, impulsó como diseño político complementario al enjuiciamiento de las Juntas Militares y al montaje de la luego conocida como «teoría de los dos demonios”, la aprobación de las leyes conocidas como Punto Final y Obediencia Debida.

Con el juego de ambas leyes la burguesía de conjunto concedió, a través del poder ejecutivo y el parlamento, la impunidad automática frente a la amenaza de investigación juicio y castigo de todos los miembros de las fuerzas armadas, haciendo excepción de los Comandantes Superiores que ya habían sido juzgados, precisamente en el juicio que evoca la película .

El 22 de junio de 1987 el Poder Judicial cerró el círculo y los entonces Ministros de la Corte Suprema fallaron afirmando la constitucionalidad de la ley de Obediencia Debida.

Finalmente el Estado de la burguesía, en la gestión de Carlos Menem completó el andamiaje de la impunidad instrumentando mediante decretos del ejecutivo el Indulto de las cúpulas militares que ya habían sido encontradas culpables y condenadas.

Así durante años esta estructura jurídica impidió el enjuiciamiento de todos los crímenes cometidos, con excepción de o atinente a la sustitución de estado de las personas que habían nacido encontrándose sus madres en cautiverio en centros clandestinos, y luego finalmente «desaparecidas».

Finalmente,  luego de la revuelta de 2001 con el gobierno de Nestor Kirchner la Corte Suprema de Justicia, con la nueva composición de miembros que construyó el poder político desde las directrices trazadas por el Ejecutivo, declaro la inconstitucionalidad de las «leyes del perdón», abriendo con ello la posibilidad de la investigación de hechos y atribución de comportamientos a personas que se veían «beneficiadas» con un marco jurídico de excepción por el juego armónico de aquellas normas.

En un sentido estratégico general, la decisión del órgano máximo del Poder Judicial, más allá de las intencionalidades políticas del poder burgués, significó la superación objetiva de un obstáculo en la lucha que un amplio sector de los explotados y oprimidos desarrolló contra la impunidad, desde el mismo momento de la producción de esas violaciones a los derechos humanos generadas por el Terrorismo de Estado.

Por fuera de esa objetividad, la decisión de la Corte Suprema emergió como el correlato necesario a la reconstrucción del Poder Burgués y la consolidación de su hegemonía sobre los sectores explotados y oprimidos luego de la crisis que se generara por la revuelta social abierta el 19 y 20 de diciembre de 2001, en la búsqueda de la consolidación de un modelo de «capitalismo serio» cuyas estribaciones decadentes nos toca presenciar y sobrevivir en el presente inmediato.

Se inscribió en esta perspectiva el juego mediático con el que se acompaña el acto de poder que implica la decisión del tribunal supremo, presentándolo como el fin de la impunidad, cuando en realidad lo que permite el fallo es solamente abrir una instancia para desarrollo de investigaciones judiciales, a lo que se le suman los inconvenientes generados por el largo tiempo transcurrido que en muchos casos torna abstracta la posibilidad de imponer una sanción por la avanzada edad de los imputados y en otros dificulta el aporte del material probatorio que la estructura burguesa de los procesos judiciales exige.

Además con este tipo de decisiones, los sectores concentrados del capital nacional recuperaron por vía de este instrumento del Estado (Corte Suprema) la capacidad de dirimir los alcances del Terrorismo de Estado dentro del marco de las fronteras nacionales y como fenómeno excepcional circunscripto en un tiempo y espacio histórico

Finalmente, también es necesario advertir que lo resuelto en aquel entonces por la Corte no pudo ocultar la naturaleza represiva del  propio Estado acusador y los que le sucedieron hasta llegar al actual Estado, donde se ha desarrollado e incrementado el proceso de criminalización de la protesta social, con incontables procesamientos y juicios en marcha contra luchadores sociales, que se profundiza a poco que los trabajadores y demás sectores oprimidos  que ganan las calles como medio para hacer valer sus reclamos más elementales de subsistencia.

En definitiva el derrotero histórico ha dejado una evidencia. El “Nunca Más”  por fuera de la retórica emotiva de una pieza jurídica que da cuenta de un alegato final en un proceso penal , no tuvo , ni tiene, ni podrá tener concreción efectiva en el marco del orden burgués. Lo demuestra además el hecho significativo que gran parte de la legislación del régimen militar genocida , continuó vigente, como por ejemplo la ley de régimen penal para menores de edad, o la ley financiera  para citar la de mayor relevancia ,  y además se mantuvo  una nutrida dotación de funcionarios y jueces enquistados en el poder judicial de aquel entonces que  continuaron en sus faenas .

Solo un orden social diverso ,  impuesto por la abolición del Estado de la burguesía y sus normas fundantes , y la consolidación de poder obrero, tienen la aptitud de generar el mentado Nunca Más , por la desaparición del sistema jurídico que le contiene , el derecho de propiedad privada de los medios de producción . Es esa la tarea de necesaria producción. Retroceder a la pura exaltación formal de valores que no alcanzan concreción en nuestra sociedad  como lo son la justicia y la libertad , sin ligarla a las manifestaciones concretas de la explotación y opresión reinantes constituye un error  cuya  producción debe ser advertida.